La legislación fiscal permite compensar pérdida patrimonial con ganancias hasta cuatro años después del ejercicio en que ocurra la pérdida. Si vendiste activos en 2020 con pérdidas no compensadas, aún puedes hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2024.
El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.
Publicado enero 2024
Marta, Socia del Club MAPFRE, vendió un elemento patrimonial con pérdida en 2020 y no ha contrarrestado ese perjuicio. Ha llamado al Asesor Fiscal del Club MAPFRE para informarse de si aún está a tiempo de compensar dicha pérdida patrimonial en el IRPF o si ya se le ha pasado el plazo.
El asesor del Club MAPFRE le informa sobre qué son las ganancias y pérdidas patrimoniales, cuál es el plazo para poder compensarlas en la renta, y qué ventajas y desventajas tiene esta posibilidad para los contribuyentes.
¿Qué son las ganancias y pérdidas patrimoniales?
Las ganancias y pérdidas patrimoniales son los cambios en el valor del patrimonio del contribuyente que se evidencian debido a cualquier modificación en su composición, a excepción de si son calificados como rendimientos.
¿Cuál es el plazo para compensar ganancias y pérdidas en la renta?
La legislación fiscal autoriza la compensación de pérdidas con ganancias patrimoniales en los cuatro años posteriores al ejercicio en que ocurra la pérdida. Esto implica que, si vendiste algún elemento patrimonial como por ejemplo, un inmueble, acciones o fondos de inversión en el 2020 y tuviste pérdida patrimonial que no has podido compensar, estás a tiempo durante todo el año 2024 para vender cualquier elemento patrimonial con el que obtengas ganancia para poder compensar esa pérdida patrimonial, puesto que el 31 de diciembre de este año vencen los cuatro años establecidos por la ley del IRPF para compensar esa pérdida patrimonial del 2020.
María Teresa Mas García
Licenciada en derecho
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