Las personas separadas legalmente o sin vínculo matrimonial, que tengan dos hijos y no tengan derecho a recibir pensión por alimentos, o que la tengan pero no la perciban, pueden beneficiarse de una deducción de hasta 1.200 € anuales en la Renta.
El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.
Publicado abril 2023
Rosa, Socia del Club MAPFRE, está separada legalmente y tiene dos hijos menores a su cargo. En su convenio de divorcio tiene establecida una pensión por alimentos para sus hijos, pero su exmarido lleva tiempo sin pagarla. Una amiga le ha comentado que puede tener derecho a beneficiarse de una deducción en la Renta por esta circunstancia. Por ello decide consultar con el Asesor Fiscal del Club MAPFRE para que le informe si es posible solicitar esa ayuda.
El asesor que le atiende le habla a Rosa sobre la deducción por ascendiente con dos hijos separado o sin vínculo matrimonial. Es una deducción de la cuota diferencial prevista en el Artículo 81 bis de la Ley de IRPF. Se aplica tanto si la cuota diferencial es positiva, negativa o cero. El importe máximo de la deducción es de 1.200 € anuales (100 € al mes) y es incompatible con la deducción por familia numerosa.
Quién puede beneficiarse de esta deducción
Esta deducción se puede aplicar si eres un ascendiente separado legalmente, o sin vínculo matrimonial, con dos hijos siempre que:
- los hijos no tengan derecho a percibir anualidades por alimentos
- tengas derecho a la totalidad del mínimo por descendiente
- y, además de todo lo anterior, cumplas uno o varios de los siguientes requisitos:
- Realices una actividad por cuenta propia o ajena por la cual estés dado de alta en la Seguridad Social o Mutualidad.
- Percibas prestaciones contributivas y asistenciales del sistema de protección del desempleo.
- Percibas pensiones abonadas por la Seguridad Social o por Clases Pasivas.
- Seas un profesional no integrado en el RETA y percibas, de las mutualidades de previsión alternativas, prestaciones análogas a las anteriores.
La deducción prevista en el Artículo 81 bis de la Ley de IRPF es aplicable a los ascendientes separados legalmente, o sin vínculo matrimonial con dos hijos sin derecho a percibir anualidades por alimentos.
Pero, además de estos supuestos contemplados en la LIRPF, el Tribunal Supremo ha fijado como doctrina que también es aplicable en los supuestos en los que quede probado que no se percibe la pensión alimenticia a pesar de estar reconocida por sentencia judicial.
Por tanto, no solo te puedes beneficiar de esta deducción si no tienes derecho a percibir pensión por alimentos del otro progenitor, sino que también puedes obtener la deducción si tienes derecho a percibir dicha pensión alimenticia y acreditas que el otro progenitor no la abona.
Nuestro Asesor confirma a Rosa que puede solicitar esta deducción por pensión por alimentos a la hora de hacer su declaración de la Renta o por anticipado, porque no está cobrando la pensión alimenticia pese a tener derecho a hacerlo y cuenta con documentación para acreditarlo.
Rosa, miembro del Plan de Fidelización de MAPFRE, queda muy satisfecha con la información proporcionada por nuestro Asesor Fiscal y ya tiene claro que puede beneficiarse de esta ayuda.
Maria Teresa Mas García
Licenciada en derecho
El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.