Límites declaración de rendimientos del trabajo
Asesor Fiscal

¿Cómo saber si estoy obligado a declarar?

Si tienes dudas sobre si debes presentar la próxima declaración de la renta o no en función de los ingresos que hayas obtenido, te aclaramos todas las cuestiones relativas a los nuevos límites que especifican esta obligación. Te contamos cuáles son los nuevos límites que fijan la obligación de declarar los rendimientos del trabajo.

Cómo saber si estoy obligado a declarar

El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

Publicado noviembre 2018

Declaración de la renta con dos pagadores

Candela y Jaime, Socios del Club MAPFRE, son matrimonio. Ella trabaja en una gestoría por las mañanas donde gana 15.000 euros brutos al año y por las tardes está como becaria en un despacho de abogados donde percibe un sueldo de 1.499 euros brutos anuales. Por su parte, Jaime es profesor de instituto y su sueldo es de 11.500 euros que complementa con otros 1.800 euros brutos al año más por dar clases en una academia.

Dado que ambos tienen dos pagadores no saben exactamente si están obligados a declarar los rendimientos del trabajo en la próxima Declaración de la Renta. Por ello, no han dudado en contactar con nuestro de Asesor Fiscal gratuito para resolver esta cuestión y estar tranquilos en el saldo de cuentas con Hacienda.

La Agencia Tributaria especifica que:

Están obligados a declarar todos los contribuyentes personas físicas que residan en España, excepto los que hayan percibido exclusivamente rentas procedentes de rendimientos del trabajo iguales o inferiores a 22.000 euros anuales. Como suele ser habitual, se puede hacer confirmando el borrador o presentando la declaración de la renta.

Se mantiene el límite de 22.000 euros cuando se haya tenido un solo pagador o si existen varios pagadores, la suma del segundo y posteriores por orden de cuantía no puede superar en su conjunto la cantidad de 1.500 euros. También se incluyen en este grupo, quienes reciban algún tipo de pensión, siempre que se haya presentado el modelo 146 para solicitar la determinación del tipo de retención aplicable.

Supuestos que eximen de la obligación de declarar

Por otro lado, también se establece un límite de 12.000 euros anuales que exime de la obligación de declarar en los siguientes supuestos:

  • En caso de haber tenido más de un pagador, cuando la suma de las cantidades percibidas por el segundo y siguientes por orden de cuantía son superiores a 1.500 euros.
  • Cuando se perciben pensiones compensatorias del cónyuge o anualidades por alimentos no exentas.
  • Si el pagador de los rendimientos del trabajo no está obligado a retener.
    En el caso de que se perciban rendimientos íntegros del trabajo sujetos a tipo fijo de retención.

El  Asesor Fiscal de MAPFRE te Cuidamos que atendió a Candela, le comentó que no está obligada a declarar, ya que, aunque tenga dos pagadores, el segundo de ellos por orden de cuantía no supera los 1.500 euros. El límite que aplica en su caso es de 22.000 euros. Sin embargo, en el supuesto de su marido Jaime, en 2019 deberá presentar la declaración del IRPF correspondiente a 2018 porque la cuantía percibida por el segundo pagador supera el límite de 1.500 euros y los ingresos totales del año rebasan el límite de 12.000 euros.

El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

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