Si tienes hijos menores de tres años y estás trabajando, puedes tener derecho a una deducción en tu cuota del IRPF e incluso al cobro anticipado de la misma.
El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.
Publicado enero 2017
Luisa, Socia del Club MAPFRE, llamó al Asesor Fiscal del Club MAPFRE para ver si podía recibir el pago anticipado por maternidad. Ella ha tenido un hijo en febrero y trabaja por cuenta ajena con un contrato indefinido a tiempo parcial de lunes a viernes de 10 a 13h. Como solo trabaja 15 horas a la semana, menos del 50% de la jornada completa, no podrá obtener el pago anticipado para la deducción por maternidad. Sin embargo, sí podrá aplicar la deducción en su cuota diferencial en el ejercicio de 2016. Le corresponden 1.100€ (100€ x 11 meses pues se incluye el mes de nacimiento).
Otro caso es el de Ana, que también pertenece al Plan de Fidelización de MAPFRE, tiene contrato y ha estado de baja desde julio hasta octubre y quiere saber cuánto le corresponde por deducción por maternidad. Dado que estar de baja no supone que deje de realizarse la actividad, mantiene su derecho a la deducción de 6 meses y, por lo tanto, un total de 600€.
Nuestras Socias se pusieron en contacto con el Asesor Fiscal que les ofreció la siguiente información sobre requisitos y pasos para la deducción.
- Requisitos de la deducción
- Pasos para la deducción
Requisitos de la deducción
Los requisitos para poder obtener esta deducción son que la mujer realice una actividad, por cuenta propia o ajena, por la cual esté dada de alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social o Mutualidad. Mientras se cumplan los requisitos, el importe de la deducción será de 100€ cada mes hasta que el hijo cumpla 3 años, incluyendo el mes de nacimiento. Dichas cantidades podrán ser descontadas de la cuota diferencial en su declaración de IRPF o también cobradas por anticipado mes a mes cuando la madre cumple las siguientes condiciones:
- Trabaja con contrato de trabajo a jornada completa durante al menos 15 días de cada mes.
- Trabaja con contrato de trabajo a tiempo parcial con una jornada laboral de al menos el 50% de la jornada ordinaria de su empresa.
- Trabaja por cuenta ajena, está dada de alta en el régimen especial agrario de la Seguridad Social en el mes y realiza, al menos, diez jornadas reales en dicho periodo.
- Trabaja en otros regímenes especiales de la Seguridad Social o mutualistas y se encuentra en alta durante 15 días en el mes.
Además les comentó que, las madres trabajadoras, por cuenta propia o ajena, pueden beneficiarse de hasta 1.200€ anuales de deducción mientras sus hijos sean menores de tres años.
Pasos para la deducción
Para poder recibir el abono anticipado hay que presentar un modelo 140 ante cualquier delegación de la AEAT. La Administración efectuará los ingresos por transferencia bancaria a la cuenta indicada o por cheque cruzado o nominativo del Banco de España.
En caso de excedencia voluntaria para cuidar de los hijos, este periodo sin actividad no da derecho a la deducción por lo que solo computarían los meses anteriores a dicha excedencia. Además, en caso de estar percibiendo el pago anticipado es necesario comunicar, en el plazo de 15 días desde el inicio de la excedencia, el cese del derecho a la Agencia tributaria mediante el modelo 140.
El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.