Cuándo aplica el IVA reducido en la reforma de una vivienda
Asesor Fiscal

¿Cuándo aplica el IVA reducido en la reforma de una vivienda?

Si vas a emprender una reforma en una vivienda de tu propiedad, desde el Asesor Fiscal te contamos los requisitos que se deben dar para que tan solo pagues el 10% de IVA.

¿Reforma de vivienda? Cuando aplicación IVA reducido

El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

Publicado diciembre 2019

Micaela, Socia de MAPFRE teCuidamos, compró una vivienda hace 10 años y hace poco tiempo decidió realizar algunos arreglos. El importe de la obra ha ascendido a 12.000 euros y el coste de los materiales y la mano de obra ha sido de 3.600 euros.
Ha oído hablar del IVA reducido en las reformas de las viviendas, pero no sabe exactamente en qué casos aplica y si ella puede acceder a esta rebaja. Dado que se pone en contacto con nuestro Asesor Fiscal gratuito, el Asesor que atiende su llamada le aclara todas las cuestiones relacionadas con este tipo de impuesto sobre el valor añadido.

Desde el Asesor Fiscal informamos a Micaela, que se beneficia de las ventajas del Plan de Fidelización de MAPFRE, que dadas sus circunstancias tiene derecho a pagar el 10% de IVA reducido en la reforma de su vivienda. Por un lado, se trata de una persona física que ha realizado la obra en el inmueble una vez transcurridos más de dos años desde que se construyó. Además, la persona que realiza la obra no aporta materiales que superan el 40% del total de la operación.

  • ¿En qué tipos de reformas?
  • ¿Quién se puede beneficiar del IVA reducido?

¿En qué tipos de reformas?

Tal como se explica en la web de la Agencia Tributaria, para determinar cuándo aplica el IVA reducido en la reforma de una vivienda es necesario que se trate de obras de rehabilitación:

Más del 50% del coste total de la reforma se debe corresponder con obras de consolidación o tratamiento de elementos estructurales, fachadas, cubiertas, etc.
Junto a ello, el importe total de todos los trabajos tiene que ser superior al 25% del precio de adquisición de la vivienda, en caso de que se hubiera comprado en los dos años anteriores al inicio de las obras. En otro supuesto, dicho importe debe estar por encima del valor de mercado de la edificación antes de su rehabilitación. En ambos casos es preciso descontar el valor del suelo.

Por lo tanto, cuando en la reforma de una vivienda se realizan tareas de pintura, mejora de cerramientos, rehabilitación energética, nuevas instalaciones eléctricas o de agua, etc., se puede aplicar el IVA reducido del 10%, en lugar del 21% habitual.

¿Quién se puede beneficiar del IVA reducido?

En estos casos, los beneficiarios del IVA reducido únicamente pueden ser personas físicas o comunidades de propietarios. Es importante que ninguno de ellos actúe en el inmueble como empresario o profesional, así como que la vivienda esté destinada a uso particular, ya sea primera o segunda residencia. Cuando el fin de las obras es habilitar una casa para ponerla en alquiler, no se puede aplicar el 10% de IVA.

También es de destacar que el IVA reducido no solo aplica en las reformas de viviendas, sino que también se puede incluir en las obras de mejora de garajes, trasteros, locales, etc.

El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

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