hombre conduciendo coche
Experto Auto y Movilidad Sostenible

Modificación del Reglamento General de Conductores

Se han producido modificaciones en el Reglamento General de Conductores, Reglamento General de Vehículos y en el Reglamento General de Circulación, nuestro Experto Auto y Movilidad Sostenible te informa de todas las novedades legales y cómo estas podrían afectarte.

hombre mirando al móvil mientras conduce

Todas tus consultas y trámites relacionados con el Experto Auto y Movilidad Sostenible podrás realizarlas llamando al 900 834 761, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

Publicado marzo 2021

Fernando, Socio del Club MAPFRE, ha leído que en los últimos meses se han aprobado importantes modificaciones en materia de tráfico y circulación, pero no está seguro de cuáles son ni de si le afectan a él directamente como conductor habitual de un turismo. Por eso, decide consultar con el Experto Auto y Movilidad Sostenible del Club MAPFRE para que le ponga al día de las novedades más importantes y poder así circular de manera segura y sin temor a multas o situaciones de riesgos en la seguridad vial por infringir las nuevas normas impuestas.

Nuevas reformas legales

El Consejo de Ministros aprobó en noviembre de 2020 un paquete de reformas legales que modificaban de manera sustancial la legislación en materia de tráfico y circulación. El objetivo es conseguir un nuevo modelo de seguridad vial que reduzca hasta en un 50 % los fallecidos y heridos graves en la próxima década, en línea con las recomendaciones de la Organización Mundial de la Salud (OMS). Entre otras, el Gobierno dio luz verde a la reforma de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (en todo lo relacionado con el permiso y la licencia de conducción por puntos) y a dos Reales Decretos por los que se modifican, tanto el Reglamento General Circulación, como el Reglamento General de Vehículos, y también el Reglamento General de Conductores.

Estos cambios responden a la aprobación del Real Decreto 971/2020 de 10 de noviembre (publicado el 11 de noviembre de 2020) que viene a modificar el Reglamento General de Conductores que se aprobó en 2009 mediante el Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo.

El experto del Club MAPFRE le explicó que las modificaciones que han afectado al Reglamento General de Conductores son consecuencia de una Directiva Europea y su objetivo es reducir las edades mínimas exigibles en España para obtener los permisos de las clases C, C+E, D y D+E para facilitar el acceso de las personas jóvenes al sector de los transportes por carretera –mercancías o personas viajeras–, rebajando, en la mayor parte de los citados permisos, de los 21 a los 18 años, y estableciendo un listado extenso sobre las edades que debe tenerse para cada uno de los permisos de conducción que se solicitan.

  • Principales cambios en el Reglamento
  • Otras novedades importantes
  • Entrada en vigor

Principales cambios en el Reglamento General de Conductores

El Real Decreto que reforma el Reglamento General de Conductores también introduce cambios en lo que se refiere a la cualificación inicial y la formación continua de los conductores de vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera: la edad mínima exigible para conducir camiones para a ser de 18 años, pero es necesario haber aprobado el Certificado de Aptitud Profesional (CAP) de 280 horas de duración. A los 18 años también se pueden conducir autocares sin pasajeros, aunque en un radio máximo de 50 km. A partir de los 21, y con el CAP de 280 horas, ya se podrán llevar pasajeros.

Además, los conductores con el carnet de conducir B podrán manejar furgonetas eléctricas de hasta 4.250 kg siempre y cuando el incremento de la masa por encima de los 3.500 kg corresponda a los nuevos sistemas de propulsión. En cuanto a la obligación de disponer de certificado para la circulación e identificación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), será de aplicación a los 24 meses de la publicación del manual de características de los VMP en el BOE.

Otras novedades importantes

El Real Decreto introduce además algunas mejoras en las pruebas de capacitación necesarias para obtener el permiso de conducción. Por ejemplo, especifica los equipos de protección obligatorios que tienen que llevar los aspirantes en las pruebas de destreza y de circulación para la obtención de los permisos de moto o la posibilidad de incluir en la prueba de control de conocimiento videos sobre situaciones de tráfico o la obligatoriedad de utilizar GPS en las pruebas de control de aptitudes para la obtención de permisos de moto por personas con hipoacusia.

También establece la posibilidad de que, en determinados casos y previa valoración médica y mecánica individualizada, se puedan autorizar el acceso a los permisos de conducción de camiones y autobuses de personas con problemas asociados al sistema locomotor, ya que los avances en prótesis y vehículos hacen posible que estas personas puedan obtener dichos permisos. Además, se modifica el modelo del permiso internacional para conducir con el fin de posibilitar la solicitud telemática del trámite.

También se introducen otros cambios, entre los que se destacan los que permiten aclarar algunas cuestiones que hasta el momento habían generado dudas de interpretación y con el objetivo de conseguir una coherencia con lo dispuesto en otros preceptos del Reglamento General de Conductores, o utilizar una terminología adecuada en relación con las personas con discapacidad

Entrada en vigor de los nuevos cambios

Por último, el Reglamento de Conductores entró en vigor al día siguiente de la publicación del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE), el pasado 11 de noviembre de 2020, aunque tanto el Reglamento de Circulación como el de Vehículos entró en vigor el pasado 2 de enero de 2021. Por otra parte, la modificación del artículo 50 del Reglamento General de Circulación, que hace referencia a las velocidades permitidas en zonas urbanas, estará vigente a los seis meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Todas tus consultas y trámites relacionados con el Experto Auto y Movilidad Sostenible podrás realizarlas llamando al 900 834 761, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

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