Un matrimonio calcula la declaración de la renta
Asesor Fiscal

Reducción de sanciones por pronto pago

Recientemente se han modificado los recargos por presentación extemporánea de Declaraciones de la Renta y las sanciones por pronto pago con un nuevo sistema de recargos creciente. Te contamos todas las novedades sobre estas modificaciones para que puedas contar con toda la información a la hora de cumplir con Hacienda. 

Una pareja hace la declaración de la renta

El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

Publicado septiembre 2021

Diana y Luis, Socios del Club MAPFRE, se han dado cuenta de que han presentado su Declaración de la Renta fuera del plazo estipulado por Hacienda para este año (entre el 7 de abril y el 30 de junio) y ahora tienen dudas sobre cómo proceder para regularizar cuanto antes su situación, ya que saben que este retraso tiene como consecuencia una sanción económica, pero que ésta puede reducirse si se realiza el pronto pago. Por eso, acuden rápidamente al Asesor Fiscal del Club MAPFRE con el fin de que les asesore lo antes posible y les explique cómo tienen que proceder a partir de ahora.

El experto les explica que, efectivamente, si no han podido o han olvidado rendir cuentas con Hacienda a tiempo, el error puede salirles caro, pero esa gravedad depende de si se rectifica pronto y voluntariamente o si es la Agencia Tributaria la que les requiere para que lo hagan. También será determinante si la declaración sale a pagar o a devolver. Si se gestiona correctamente este retraso se puede evitar o minimizar una sanción que puede alcanzar el 150 % de la cantidad que se debe abonar a la Administración, que se reserva un plazo de cuatro años para reclamar estos ‘olvidos’, con lo que, en cualquier momento, como contribuyentes nos podemos encontrar con una sorpresa inesperada en forma de multa por no haber dejado bien atados los cabos con el fisco años atrás.

Plazos y tipos de sanciones

Si la Declaración de la Renta se presenta fuera de plazo y sale a devolver, este retraso se considerará una infracción leve, y se impondrá al contribuyente una multa de 200 euros, aunque si aún no ha habido requerimiento de la Agencia Tributaria y es éste quien regulariza el retraso, entonces la sanción se reducirá a la mitad.

Si el contribuyente tiene que pagar a Hacienda y lo hace voluntariamente, existe un recargo (no sanción) que varía dependiendo del tiempo que haya transcurrido desde la fecha tope para presentar la Declaración. Recientemente se ha modificado el sistema de recargos por extemporaneidad estableciéndose un sistema de recargos crecientes del 1 % por cada mes completo de retraso sin intereses de demora hasta que haya transcurrido el periodo de doce meses de retraso. A partir del día siguiente del transcurso de estos doce meses, además del devengo del recargo del 15 %, comenzará el devengo de intereses de demora. Hacienda le notificará la liquidación del recargo y el importe concreto, que dependerá del tiempo transcurrido entre el último día del plazo establecido y la fecha de su presentación. Así, éste será mayor cuanto más tiempo se tarde en presentar. El recargo notificado por declaración extemporánea se reducirá en un 25 % si se ingresa en periodo voluntario (o si se solicita un aplazamiento y se atiende en el plazo concedido) y si no se recurre.

Si no es el contribuyente quien da el paso de regularizar su situación, y es Hacienda quien reclama, las sanciones se elevan considerablemente. Puesto que la Administración abrirá un procedimiento sancionador, el primer paso para no agravar la situación será presentar la Declaración. Si sale a pagar la infracción conlleva una sanción de entre el 50 y el 150 % del total de la deuda, dependiendo de si se ha causado perjuicio económico a Hacienda o si se han cometido otras infracciones tributarias anteriormente. En estos casos es posible aplicar una reducción del 30 % si se acepta la sanción impuesta (reducción por conformidad, en este caso este porcentaje se mantiene como anteriormente) y se eleva la reducción de las sanciones en caso de pronto pago hasta el 40 %.

Maria Teresa Mas García
Licenciada en derecho

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