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Publicado abril de 2020
¿Sabías que es posible pedir un aplazamiento de ingreso de una deuda tributaria que tengas que abonar entre el 12 de marzo y el 30 de mayo sin pagar intereses de demora durante los 3 primeros meses? Te contamos todos los requisitos que debes cumplir para poder solicitarlo y beneficiarte así de esta medida.
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Andrés,Socio de MAPFRE teCuidamos, y autónomo con una pequeña empresa propia, ha leído que el Gobierno ha establecido algunas medidas relacionadas con la flexibilidad en el pago de una deuda tributaria en el marco del Real Decreto Ley aprobado en marzo en el que se adoptan propuestas urgentes para responder al impacto económico del Coronavirus, y decide llamar al Asesor Fiscal de MAPFRE teCuidamos con el objetivo de que le aclare qué requisitos son los que debe cumplir para acogerse a estos beneficios.
Además de las medidas sanitarias, sociales o laborales establecidas ante la crisis del Covid-19, el capítulo IV de este Real Decreto-Ley contiene medidas de apoyo financiero transitorio que tienen como objetivo mitigar y prevenir el posible impacto negativo a nivel económico en las pequeñas y medianas empresas y autónomos. Con esta finalidad, y para evitar las posibles tensiones en tesorería que puedan experimentar estos colectivos, se propone una flexibilización en materia de aplazamiento.
Entre las herramientas que ha establecido el Gobierno para dar respuesta a las situaciones que la gran mayoría de las empresas -grandes, pequeñas y medianas- van a vivir durante y tras la crisis del coronavirus (con consecuencias muy negativas para su economía), se encuentra la política tributaria, que puede contribuir a solventar uno de los principales problemas que se les va a presentar, tanto a empresas como a profesionales autónomos: la liquidez.
Con este objetivo, el Ejecutivo ha puesto a disposición de estos sectores medidas de aplazamiento y fraccionamiento de las deudas tributarias:
Esta medida afecta a las declaraciones del primer trimestre y a las mensuales de febrero, marzo y abril. En concreto, al IVA mensual de febrero, marzo y abril y a los pagos correspondientes al primer trimestre –como retenciones, IVA y pagos fraccionados de empresarios y de sociedades- Se paraliza igualmente el embargo y ejecución de bienes inmuebles por deudas tributarias.
La Agencia Tributaria ha publicado en su página web las instrucciones provisionales para solicitar aplazamientos de deudas tributarias conforme a este Real Decreto Ley. En este documento se especifican los pasos a seguir:
Desde MAPFRE teCuidamos aconsejamos continuar atendiendo las recomendaciones de las Autoridades Sanitarias. Algunos de los procesos del Plan de Fidelización pueden verse afectados por la actual crisis.
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