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Asesor Fiscal

Modelo 720 para bienes en el extranjero

¿Sabías que el Tribunal de Justicia de la UE ha declarado desproporcionada la obligatoriedad de informar sobre los bienes en el extranjero (Modelo 720) ? Cree que esta obligatoriedad es contraria al principio de libre circulación de capitales. Te contamos todas las novedades.

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Publicado marzo 2022

Germán, Socio del Club MAPFRE, gestiona una pequeña empresa de su propiedad en el extranjero y, tras varios años viviendo fuera, también cuenta con algunas propiedades. Siempre ha declarado esos bienes a través del Modelo 720 bajo pena de sanciones, pero ahora ha leído que el Tribunal de Justicia Europeo va a anular esta obligatoriedad. Tiene muchas dudas sobre cómo afectarán estas novedades a su situación y decide llamar al Asesor Fiscal del Club MAPFRE con el fin de que se las aclare y le aporte la información necesaria para cumplir correctamente con sus obligaciones con Hacienda en el próximo ejercicio fiscal. El Experto que le atiende le explica que, efectivamente, El Tribunal Superior de Justicia Europeo (TJUE) ha considerado que esta obligatoriedad es desproporcionada y anula las sanciones del modelo 720 para declarar bienes en el extranjero.

Este Tribunal estima, en su sentencia del 27 de enero de 2022, que éste es un sistema excesivo que atenta contra el principio de libertad de capitales. Se refiere a que la obligación informativa respecto de los bienes y derechos en el extranjero, que se declaran en el Modelo 720, que establece la legislación nacional española y que obliga a los residentes fiscales a declarar sus bienes o derechos situados en el extranjero, es contraria al Derecho de la Unión en lo que al principio de libre circulación de capitales se refiere y considera desproporcionado tanto la imprescriptibilidad como el régimen sancionador.

Según la justicia europea, España impone sanciones excesivas a los ciudadanos que incumplen con esta obligación o cometen fallos en sus declaraciones, atentando contra el principio de libertad de movimiento de capitales. Así, las medidas antifraude, dicen, son desproporcionadas para el fin perseguido y crean un perjuicio excesivo para los ciudadanos. Además, puede disuadir a los residentes de ese Estado miembro de invertir en otros Estados miembros o limitar sus posibilidades de hacerlo, y supone una restricción a la libre circulación del dinero en Europa.

Gracias a ello, el Ministerio de Hacienda reformará esta obligación antes de que termine el plazo de presentación del ejercicio 2021, el 31 de marzo, para adecuar los plazos de prescripción y la cuantía de las sanciones acorde al criterio de los jueces europeos.

Maria Teresa Mas García
Licenciada en derecho

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