Fiscalidad del traspaso de un local de negocio
Asesor Fiscal

Fiscalidad del traspaso de un local de negocio

En el traspaso de un local intervienen tres figuras, el que traspasa, el que recibe el traspaso y el arrendador del local. Veamos cómo afecta fiscalmente el traspaso a cada uno de ellos. Solo está exento de IVA cuando se transmite la totalidad del patrimonio empresarial junto con el local.

mujer en el jardín consultando la tablet

El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

Publicado noviembre 2017

¿Quieres traspasar tu local de negocio?

Carlos, uno de nuestros Socios del Club MAPFRE, traspasa un local y ha decidido contactar con el Asesor Fiscal. El Socio es el transmitente y este traspaso le va a generar una ganancia patrimonial en la base imponible del ahorro que tendrá que reflejar en su declaración del IRPF. Como Carlos tiene una Sociedad Mercantil, tendrá que tributar entre el 19 y el 21%. Si fuera persona jurídica, tributaría al 25% como ganancia patrimonial en el Impuesto de Sociedades.

Además, como el local lo ha traspasado con todo el equipamiento de la actividad, el importe obtenido con este traspaso de materiales también tributa. Lo tendrá que hacer como rendimiento de actividad económica en el IRPF y se le aplicará el tipo medio efectivo que le corresponda.

En esta transacción se da el caso de que el arrendador participa en un porcentaje de los beneficios del traspaso, por lo que la operación está sujeta a IVA. Así, Carlos también tendrá que soportar el IVA que le repercuta el arrendador.

¿O recibirás un traspaso de local de negocio?

También Lola, miembro del Plan de Fidelización de MAPFRE, nos ha comentado que va a montar su negocio en el local que tenía Carlos, ha recibido en el traspaso la totalidad de los bienes y enseres que constituyen el patrimonio empresarial del negocio de Carlos. Al ser así, no tiene que pagar IVA. Si solo hubiera recibido el local sin el equipamiento, la operación estaría sujeta a IVA con un tipo del 21% (y Carlos tendría que emitir factura por dicho importe).

Por su parte, el dueño del local, que como hemos visto recibe una parte del dinero obtenido en el traspaso, tendrá que emitir factura repercutiendo el IVA al arrendatario, Carlos, al tipo general del 21% y la aplicará también la retención correspondiente al arrendatario por IRPF o por el Impuesto sobre Sociedades.

Por su parte, el beneficio que recibe por el traspaso tributará como rendimiento del capital inmobiliario en su base imponible general al tipo medio de gravamen. Como se trata de una renta obtenida de forma irregular en el tiempo (con un periodo de generación superior a dos años) tendrá una reducción del 30%, por lo que tributará solamente por el 70% de lo obtenido en la operación.

Nuestros Asesores Fiscales a tu disposición

Ambos Socios han contado con el Asesor Fiscal del Club MAPFRE para consultarle otro tipo de dudas de carácter fiscal, ya que ambos son empresarios, entre ellas quién debe pagar la plusvalía municipal a la hora de vender o ceder un terreno urbano, o si es necesario liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales si alquilas un inmueble.

El Asesor Fiscal resuelve cualquier consulta llamado al 800 007 269, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

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