autoridad en control del restricción trafico
Experto Auto y Movilidad Sostenible

Medidas especiales de restricciones de tráfico

La DGT publica anualmente medidas especiales de tráfico que incluyen restricciones de tráfico en Madrid y toda España durante eventos deportivos, para la circulación de vehículos de mercancías peligrosas o que regulan el acceso a los carriles VAO.

hombre entregando documentación a la policía

Todas tus consultas y trámites relacionados con el Experto Auto y Movilidad Sostenible podrás realizarlas llamando al 900 834 761, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

Publicado marzo 2023

Fátima, Socia del Club MAPFRE, vive en Las Rozas y va cada día a trabajar a Madrid en coche. Cuando coincide con su vecina en el horario laboral, aprovechan para irse en un coche y utilizar el carril VAO, pero no siempre es posible. Está pensando en adquirir un coche eléctrico y quiere saber si de esta forma podría evitar las restricciones de tráfico para acceder a la capital. Por ello, decide consultar con el Experto Auto y Movilidad sostenible del Club MAPFRE para informarse de todo.

Nuestro experto le cuenta que cada año en enero la Dirección General de Tráfico publica una resolución por la que determina, por razones de movilidad y seguridad vial, unas medidas especiales para la regulación y restricciones de tráfico, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5, 12 y 18 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial y según el artículo 37 y 39 del Reglamento General de Circulación.

En este sentido, el 31 de enero de 2024 se publicó en el Boletín Oficial del Estado la resolución de 24 de enero de 2024 de la Dirección General de Tráfico por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2024.

En dicha resolución, pueden verificarse las restricciones de tráfico, durante unos días y horas determinados, para la circulación en vías públicas interurbanas y travesías que regula la Ley de Tráfico en el artículo 5, párrafos i) y k), por ejemplo, para pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos que precisan escoltas por las Fuerzas de Vigilancia de la Agrupación de Tráfico de la Guardia Civil. En este caso y de forma excepcional, las Jefaturas Provinciales de Tráfico podrán autorizar excepcionalmente dichas restricciones para eventos deportivos, pero sin afectar al tránsito y a la fluidez y sin contar ya con escolta de la Guardia Civil.

Por otro lado, se regula igualmente las restricciones al tráfico pesado para vehículos de transporte de mercancías, tanto de mercancías en general de más de 7.500 kilogramos de masa máxima autorizada o masa máxima de conjunto, en los tramos de carreteras durante los días y horas que se determinan expresamente. Se exceptúan de dicha prohibición el transporte de ganado vivo, el transporte de mercancías perecederas (frutas, verduras frescas, etc.), vehículos de la Sociedad Estatal de Correos y los vehículos de auxilio en vías públicas.

De la misma forma, se restringe la circulación de los vehículos de mercancías peligrosas (que portan paneles naranjas de señalización de peligro), para los días y horas que se determinan con el fin de buscar los itinerarios más idóneos en su caso.

De relevancia también es la regulación que dicha resolución contempla para los que se denominan carriles reservados para determinados tipos de vehículos, como los denominados carriles reservados para la circulación de vehículos con alta ocupación (VAO), que corresponden a distintos tramos existentes. Como ejemplo de carril VAO se encuentra el de la calzada central de la autovía A-6 de la Comunidad de Madrid, entre los kilómetros 6 al 20, que suele contar con restricciones de tráfico a Madrid, o el carril izquierdo de la autovía V-21 de la provincia de Valencia entre la Alboraya y Albuixech.

En todos estos tramos con carril VAO, el número mínimo de ocupantes será de dos, incluido el conductor, quedando limitada su utilización a motocicletas de dos o tres ruedas, turismos, autobuses con masa autorizada superior a 3.500 kilogramos, autobuses articulados y vehículos mixtos adaptables. Por lo tanto, se prohíbe la circulación por este tipo de carriles al resto de vehículos y conjunto de vehículos, incluidos los turismos con remolque, los ciclos y los ciclomotores. Mientras que sí se permite la circulación de los vehículos, aun cuando solo lo ocupe su conductor, si tuviera el distintivo de 0 emisiones o Eco, como ocurre con los coches eléctricos. En cualquier caso, los vehículos deben de ser identificados por el adhesivo que corresponda, que debe estar colocado en el ángulo inferior derecho del vehículo.

Igualmente, en esta resolución con las medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2024 se prevé la posibilidad de regulación de la circulación por carretera por fenómenos meteorológicos adversos o por elevada concentración de vehículos.

Para terminar, nuestro experto recuerda a Fátima que todas estas restricciones de tráfico en Madrid y en el resto de España estarán vigentes durante todo el año 2024, prorrogándose su validez hasta que se publiquen las medidas especiales de tráfico para 2025 el año próximo.

Carlos López Carmena
N.º colegiado: 47.167

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