Patinete circulando por la vía
Experto Auto y Movilidad Sostenible

Nuevas obligaciones para Vehículos de Movilidad Personal

Joven en motociclo eléctrico

La Dirección General de Tráfico (DGT) estableció en 2022 nuevas disposiciones para los llamados vehículos de Movilidad Personal (VMP) debido a su falta de regulación. La última novedad es un Manual de Características de este tipo de vehículos. Te contamos todo lo que necesitas saber.

Todas tus consultas y trámites relacionados con el Experto Auto y Movilidad Sostenible podrás realizarlas llamando al 900 834 761, completando nuestro formulario online o a través de la app de MAPFRE.

Publicado enero 2023

Mariola, Socia del Club MAPFRE, acaba de comprarse un patinete eléctrico y tiene bastantes dudas sobre las restricciones y novedades legales que le afectarán, ya que ha leído que la regulación en su uso y circulación ha cambiado en 2022 debido a que, hasta la fecha, era poca la regulación que existía. Con el objetivo de poder hacer uso de él en sus desplazamientos a la universidad y a sus prácticas de empresa decide consultar con el Experto Auto y Movilidad Sostenible del Club MAPFRE para que le ponga al día de las novedades y le de información detallada sobre las normas de circulación o permisos que deberá tener en regla antes de comenzar a utilizarlo.

  • Regulación VMP
  • Novedades
  • Certificaciones y seguridad

Regulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP)

El pasado 12 de enero de 2022 se dictó una resolución de la Dirección General de Tráfico (DGT) por la que se aprobaba el Manual de Características de los denominados Vehículos de Movilidad Personal (VMP), tras la aprobación del Real Decreto 970/2020 de 10 de noviembre que modificaba el Reglamento General de Circulación y el Reglamento General de Vehículo, ante la proliferación de los llamados Vehículos de Movilidad Personal (VMP) y debido a su falta de regulación.

A través de dicho Real Decreto se establecía la obligación de obtener por parte de estos vehículos un certificado para la circulación, que acredite que el vehículo sometido a ensayo cumple con los requisitos técnicos de aplicación conforme a la normativa técnica nacional e internacional, debiendo obtener dicho certificado por los fabricantes de dichos vehículos. Por otro lado, el mismo Real Decreto establecía la obligación de definir un Manual de Características de los VMP, que debe ser un documento elaborado por la Jefatura Central de Tráfico, donde se establezcan los requisitos técnicos que los vehículos de movilidad personal deben cumplir para su puesta en circulación.

Novedades para los VMP

En este Manual de Características de los Vehículos de Movilidad Personal que entró en vigor al día siguiente de su publicación, es decir, el 22 de enero de 2022, se da definición a los VMP como “Vehículo de una o más ruedas, dotado de una única plaza y propulsado exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de auto equilibrado”. Asimismo, se establece que el distintivo ambiental que corresponde a estos vehículos es el de cero emisiones y estarán exentos de llevar colocado el adhesivo correspondiente. De la misma forma se establecen que los VMP pueden tener diferentes usos, diferenciando el VMP para transporte personal del VMP para transporte de mercancías u otros servicios.

Por otro lado, se excluyen como vehículos considerados de Movilidad Personal a los siguientes:

  • Aquellos vehículos diseñados para circular por las vías públicas o concebidos para la competición.
  • Los vehículos para personas con movilidad reducida.
  • Los vehículos con una tensión de trabajo mayor a 100 VCC o 240 VCA.
  • Aquellos que son considerados juguetes al no sobrepasar la velocidad máxima a 6 km/h.
  • Los vehículos diseñados y fabricados para ser utilizados exclusivamente por las fuerzas armadas.
  • Los ciclos de pedales con pedaleo asistido.

Por otro lado, se establece la obligación por parte del fabricante de obtener un certificado de circulación para modelo y versión de VMP, teniendo en cuenta lo establecido en este Manual y los requisitos técnicos que en el mismo se recogen.

Certificaciones y seguridad de los VMP

Como medidas de seguridad, se establece la obligación de que los VMP tengan instalados sistemas de iluminación tanto en la parte delantera (color blanco) como en la trasera (color rojo), incluyendo la función de luz de freno, y si estuviéramos hablando de VMP para transporte de mercancías, deberán tener reflectantes laterales y traseros de carga. De la misma forma, los VMP deberán tener instalados avisadores acústicos. Por otro lado, se establece la obligación para los VMP para transporte de mercancías (no para los personales) de tener instalados obligatoriamente dos retrovisores a izquierda y derecha del vehículo.

Por último, es importante hacer referencia al régimen transitorio, puesto que por un lado se establece un plazo de 24 meses, desde la entrada en vigor del presente Manual, para exigir que los VMP que se comercialicen a partir de dicho período deban contar con dicha certificación. Por otro lado, se establece que los vehículos comercializados antes de la entrada en vigor del presente Manual, o durante el periodo transitorio establecido, podrán circular durante los cinco años siguientes a dicha entrada en vigor.

Carlos López Carmena
N.º colegiado: 47.167

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